La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de su función de control, multó a las empresas Promoambiental Distrito ($160.809.102), Área Limpia Distrito Capital ($90.852.600), Bogotá Limpia ($158.992.050) y Ciudad Limpia Bogotá ($340.697.250) por fallas en la prestación del servicio de aseo en las actividades de recolección y transporte de residuos sólidos en la capital
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de su función de control, multó a las empresas Promoambiental Distrito ($160.809.102), Área Limpia Distrito Capital ($90.852.600), Bogotá Limpia ($158.992.050) y Ciudad Limpia Bogotá ($340.697.250) por fallas en la prestación del servicio de aseo en las actividades de recolección y transporte de residuos sólidos en la capital del país.
La superintendente, Natasha Avendaño García, indicó que “Las sanciones a estas empresas, con multas que suman más de $ 751 millones, fueron impuestas por incumplimientos en el establecimiento de microrrutas y macrorrutas de recolección y transporte de residuos sólidos en Bogotá; y por infracciones a condiciones técnicas requeridas para los vehículos recolectores de basura y sus bases de operaciones”. La funcionaria reiteró a todos los prestadores del país el cumplimiento de las disposiciones y la regulación que aplica al servicio público de aseo para garantizar una adecuada prestación a los usuarios.
Entre las condiciones que deben tener las bases de operaciones de los prestadores que recolectan y transportan residuos se encuentran: contar con áreas adecuadas para el parqueo y maniobra de los vehículos, depósito de insumos para la prestación del servicio, vestidores e instalaciones sanitarias para el personal, y oficinas administrativas, algunas de las cuales fueron desatendidas por las empresas multadas.
Las sanciones a estos cuatro prestadores se derivan de indagaciones iniciadas en febrero de 2018 por la Dirección de Investigaciones de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo. Fueron notificadas a las empresas, que se encuentran dentro del plazo legal para interponer los respectivos recursos de reposición ante la Superservicios.
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