Nuevas medidas restrictivas adoptó la Alcaldía de Yopal para este puente festivo

Nuevas medidas restrictivas adoptó la Alcaldía de Yopal para este puente festivo

La Alcaldía de Yopal emitió el Decreto No. 143 de 2021, “Por el cual se adoptan medidas de orden público en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus covid – 19 y se dictan otras disposiciones”. “Con este Decreto se le sigue apostando, desde la empatía, a la reactivación segura y

La Alcaldía de Yopal emitió el Decreto No. 143 de 2021, “Por el cual se adoptan medidas de orden público en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus covid – 19 y se dictan otras disposiciones”.

“Con este Decreto se le sigue apostando, desde la empatía, a la reactivación segura y económica, invitando a los yopaleños a ponerse en los zapatos del otro”, afirmó la Secretaria de Gobierno, Karen López, quien indicó que una vez se tuvo la autorización del Ministerio del Interior, se socializaron las medidas que ya se venían advirtiendo.

Según la funcionaria, este Decreto es más amigable con el trabajo de sectores comerciales afectados por la pandemia, por medidas como el toque de queda: restaurantes podrán trabajar a puerta cerrada hasta las 10:00 p.m. y el transporte público podrá garantizar la movilidad de los yopaleños pese a la restricción vehicular.

“Igualmente, se amplió el horario de toque de queda y se continúa el compromiso con la reactivación segura y económica, con horarios en los que la ciudad siga tomando el curso del crecimiento económico, sin perder la responsabilidad que tenemos frente a la pandemia de Covid – 19”, indicó López.

Las medidas 

TOQUE DE QUEDA

INICIA TERMINA
Jueves 1 de julio a las 7:00 p.m. Viernes 2 a las 5:00 a.m.
Lunes 5 desde las 7:00 p.m. Martes 6 a las 5:00 a.m.
Martes 6 desde las 7:00 p.m. Miércoles 7 a las 5:00 a.m.
Miércoles 7 desde las 7:00 p.m. Jueves 8 a las 5:00 a.m.
Jueves 8 desde las 7:00 p.m. Viernes 9 a las 5:00 a.m.
Lunes 12 desde las 7:00 p.m. Martes 13 a las 5:00 a.m.
Martes 13 desde las 7:00 p.m. Miércoles 14 a las 5:00 a.m.
Miércoles 14 desde las 7:00 p.m. Jueves 15 a las 5:00 a.m.

PICO Y CÉDULA

Desde el jueves 1 de julio hasta el jueves 15 de julio, según día par o impar.

FECHA DÍGITOS HABILITADOS
Jueves 1 de julio 1,3,5,7 y 9
Viernes 2 de julio 0,2,4,6 y 8
Sábado 3 de julio 1,3,5,7 y 9
Domingo 4 de julio 0,2,4,6 y 8
Lunes 5 de julio 1,3,5,7 y 9
Martes 6 de julio 0,2,4,6 y 8
Miércoles 7 de julio 1,3,5,7 y 9
Jueves 8 de julio 0,2,4,6 y 8
Viernes 9 de julio 1,3,5,7 y 9
Sábado 10 de julio 0,2,4,6 y 8
Domingo 11 de julio 1,3,5,7 y 9
Lunes 12 de julio 0,2,4,6 y 8
Martes 13 de julio 1,3,5,7 y 9
Miércoles 14 de julio 0,2,4,6 y 8
Jueves 15 de julio 1,3,5,7 y 9

HORARIO ESPECIAL DE REACTIVACIÓN SEGURA Y ECONÓMICA PARA LOS DÍAS VIERNES, SÁBADOS Y DOMINGOS

Establecimientos que ejerzan la comercialización y venta de bebidas alcohólicas podrán operar desde las 10:00 a.m. y hasta 11:59 p.m.

Clubes podrán operar desde las 9:00 p.m. y hasta las 2:00 a.m. del día siguiente

 

RESTRICCIÓN A LA MOVILIDAD PARA LOS DÍAS VIERNES, SÁBADO Y DOMINGO

Se restringe la circulación de vehículos de servicio particular (motocicletas, camperos, pick-up, automóviles y motocarros) para los días viernes, sábados y domingos de la siguiente manera:

Desde las 7:00 p.m. del viernes 2 y hasta las 5:00 a.m. del sábado 3

Desde las 7:00 p.m. del sábado 3 y hasta las 5:00 a.m. del domingo 4

Desde las 7:00 p.m. del domingo 4 y hasta las 5:00 a.m. del lunes 5

Desde las 7:00 p.m. del viernes 9 y hasta las 5:00 a.m. del sábado 10

Desde las 7:00 p.m. del sábado 10 y hasta las 5:00 a.m. del domingo 11

Desde las 7:00 p.m. del domingo 10 y hasta las 5:00 a.m. del lunes 12

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