Medidas que aplicarán en Yopal a partir del 1 de septiembre

Medidas que aplicarán en Yopal a partir del 1 de septiembre

La Alcaldía de Yopal expidió el decreto 199 de 2020, en donde se estableció que el municipio de Yopal adopta la fase de aislamiento y distanciamiento individual emitida por la Presidencia de la República a través del decreto 1168, en el marco de la emergencia sanitaria a causa del Coronavirus. Las personas en calidad de

La Alcaldía de Yopal expidió el decreto 199 de 2020, en donde se estableció que el municipio de Yopal adopta la fase de aislamiento y distanciamiento individual emitida por la Presidencia de la República a través del decreto 1168, en el marco de la emergencia sanitaria a causa del Coronavirus.

Las personas en calidad de proveedores, comercializadores y prestadores de bienes y servicios no estarán sometidas a la medida de pico y cédula regulada en este decreto, sin embargo, deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.

De igual forma, tendrán que cumplir con el protocolo general de bioseguridad establecido mediante la resolución 666 de abril 24 de 2020, como también controlar el ingreso de las personas a sus locales, en dado caso que existan filas a las afueras de las instalaciones del establecimiento, los propietarios o administradores de los lugares, marcarán la distancia entre las personas de 2 metros.

El Pico y Cédula para la ciudad de Yopal, quedó de 2 dígitos en un horario sujeto a las medidas decretadas por la Gobernación de Casanare, esto para las personas que deseen abastecerse de alimentos, realizar trámites o adquirir algún servicio importante. La decisión se toma con el fin de evitar las aglomeraciones en los diferentes puntos de la capital casanareña.

Es importante que los ciudadanos sigan cumpliendo los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para cada uno de los sectores, como también acoger las instrucciones que adopten las entidades y autoridades nacionales y locales. Aquellas personas que les gusta realizar ejercicio deberán seguir cumpliendo con las recomendaciones, lineamientos y protocolos emitidos por las autoridades.

En el artículo 7 del decreto emitido por la Administración Municipal, se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio a partir de las (00:00 a.m.) del 1 de septiembre de 2020 hasta las (00:00 a.m.) del 1 de octubre de 2020. Se insta a los propietarios de establecimientos y locales comerciales que la venta de bebidas embriagantes se realice a través del comercio electrónico, telefónico o por entrega a domicilio.

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