Recientemente el Gobierno colombiano en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994, y en desarrollo de lo previsto en el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, «Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y
Recientemente el Gobierno colombiano en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994, y en desarrollo de lo previsto en el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, «Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional», emitió el Decreto 507
Por el cual se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por la que atraviesa el país.
La medida gubernamental que será adoptada también por el Gobierno de Casanare, en su contenido hace referencia de manera específica a que en virtud de la declaratoria de emergencia y toda la problemática de acaparamiento y alza en los precios de los productos con base en el reporte del DANE en las últimas semanas, decreta:
- El Ministerio Salud y Protección Social, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Ministerio Agricultura y Desarrollo Rural, fijarán los listados de productos de primera necesidad, en el marco sus competencias sectoriales, y conforme a las que se identifiquen mientras perduren las causas que motivaron declaratoria del de Emergencia Económica, y Ecológica.
Definir un listado de los productos básicos y medicamentos para garantizar el acceso de todos los colombianos en particular los más vulnerables
- El DANE hará el informe cada 5 días de la variación de precios en estos artículos o productos definidos.
- La Superintendencia de industria y Comercio hará la vigilancia y control de precios.
- Los entes territoriales como Gobernaciones y alcaldías reportarán a la superintendencia los productos que presenten variaciones abruptas e injustificadas por lo que dure el estado de emergencia.
El gobernador de Casanare, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico Agricultura Ganadería y Medio Ambiente indicó que acogerá la medida presidencial y que a través de sus funcionarios y utilizando los canales autorizados en el Decreto, velarán por el estricto cumplimiento de la norma.
“Tras conocerse el Decreto 507, el gobernador de Casanare Salomón Sanabria ya dio instrucciones claras para que se cumpla al pie de la letra, tras considerar que de su aplicación y cumplimiento depende el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la eventualidad por la que atraviesa el departamento y el país”, dijo María Elena Díaz Arias, titular de la Secretaría de Desarrollo Económico Agricultura Ganadería y Medio Ambiente de Casanare.
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