CÓMO DARLE RANGO CONSTITUCIONAL A LA MESADA 14

CÓMO DARLE RANGO CONSTITUCIONAL A LA MESADA 14

Por: Juan Carlos Niño Niño El pasado 20 de julio en la instalación del Congreso, cuando en una votación de infarto se definió por escasos votos la presidencia del Senado –que perdió el Gobierno Nacional-  el Senador José Vicente Carreño conseguía uno de los consensos más importantes de esta legislatura, al lograr que más de

Por: Juan Carlos Niño Niño

El pasado 20 de julio en la instalación del Congreso, cuando en una votación de infarto se definió por escasos votos la presidencia del Senado –que perdió el Gobierno Nacional-  el Senador José Vicente Carreño conseguía uno de los consensos más importantes de esta legislatura, al lograr que más de noventa Senadores y Representantes a la Cámara –de todas las bancadas- suscribieran su proyecto de acto legislativo para darle “rango constitucional” a la Mesada 14 de la Fuerza Pública, ante la incertidumbre que se generó por el probable no pago de la misma en este año.

Esta iniciativa legislativa –que igualmente fue suscrita por partidos tan disímiles como el Centro Democrático y los Comunes- consiste en que el Régimen de asignación de retiro y pensiones de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, sea el único Régimen “especial y exceptuado”, que mantenga el derecho de recibir al año más de trece (13) mesadas pensionales, fijando entonces una “excepción” a la regla del Acto Legislativo 01 de 2005 –que modifica el Artículo 48 de la Constitución Política- que en su primer inciso eliminó de manera tajante esta mesada adicional para cualquier persona con derecho a pensión.

En la exposición de motivos de este proyecto de acto legislativo, Carreño expone una línea jurisprudencial de singular importancia, que va más allá al argumentar y ratificar la naturaleza misma de la Mesada 14, cuando inicialmente en la Sentencia C-432/04, se advierte que los miembros de la Fuerza Pública tienen un “riesgo latente”, adicionando además un término infaltable y esencial: “un riesgo inminente para… sus familias”.

La Sentencia C-835/02 se refiere a la “protección de los derechos adquiridos por los grupos de trabajadores”, que sin duda vulneró el mencionado Acto Legislativo, al suprimir Mesada 14 para este grupo poblacional, aún más cuando esta Sentencia agrega otro término clave: “el desgaste físico y mental que implica el estado latente de inseguridad al que se somete al militar”; y a la vez la  Sentencia C-101/03 complementa con un término absolutamente definitivo para este proyecto: “entre más tiempo de servicio, el riesgo que ha debido soportar es mayor”.

La Exposición de Motivos incluso cita una tutela que confirma lo “avanzado” de nuestra Constitución, en el sentido de que es válido “la automática reincorporación al sistema jurídico de las disposiciones derogadas, cuando ello sea necesario para garantizar la integridad y supremacía de la Carta”, lo que le da aún más sentido a lo propuesto en este proyecto de enmienda constitucional, en el sentido de “revivir” la Mesada 14 para la Fuerza Pública –derogada en un Acto Legislativo- que otra Sentencia de Tutela lo ratifica aún más, cuando señala que “es indispensable adoptar medidas de protección superiores, en aras de propender por la igualdad material, la equidad y la justicia social de las minorías beneficiadas”.

Esa automática reincorporación significa ni más ni menos que esta enmienda constitucional “revive”, mantiene y fortalece la Ley 923 de 2004, que establece el régimen de la asignación de retiro, la pensión de invalidez y sus sustituciones, la pensión de sobrevivientes, y posteriormente en el Decreto reglamentario 4433 de 2004, en donde se fija dos mesadas pensionales –Mesada 14- al señalar que los diferentes grados de la Fuerza Pública tienen derecho a un mes de sueldo por mesada adicional de mitad de año y otro por la mesada de navidad.

Elevar a rango constitucional esta Mesada 14, se convierte sin duda en la iniciativa legislativa más importantes del Senador Carreño, en el sentido de que el legislador busca fundamentalmente reivindicar los derechos de las miembros de la Fuerza Pública, que ha venido consolidando también como coautor de un lineamiento del Plan Nacional de Desarrollo, que busca nivelar prestacional y salarialmente los grados de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, en concordancia con dos proyectos de ley de Carreño, para nivelar la prima de actividad y subsidio familiar de la Policía, y que esta semana iniciarían su segundo debate en la Plenaria de Senado.

Coletilla: Este Proyecto de Acto Legislativo se encuentra en proceso de publicación en Gaceta del Congreso, y posteriormente su respectivo reparto a la Comisión Primera de Senado, y que en su primer debate tendría una proposición para que se mantenga la Mesada 14 al personal civil o no uniformado pensionado por el Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional, esperando igualmente el aporte y participación activa de los diferentes sectores de la reserva en la iniciativa.

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