La Ministra de Transporte Ángela María Orozco aclaró en noticias Caracol el alcance del decreto Número 457 DE 2020, donde se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del
La Ministra de Transporte Ángela María Orozco aclaró en noticias Caracol el alcance del decreto Número 457 DE 2020, donde se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020.
La Ministra señaló que serán estrictos en aplicar sanciones a personas que violen el decreto, explicó sobre la inquietud que genera la medida en muchos colombianos sobre el uso de transporte particular o vehículo propio, aclaró que se puede utilizar para realizar actividades como mercar, siempre y cuando se pueda demostrar que va abastecerse de alimentos y en caso que requiera asistir a un procedimiento médico, de lo contrario serán sancionados.
Para el Caso de Casanare el coronel de la policía también explicó el alcance de la medida y dijo que se están haciendo operativos verificando que los vehículos que están circulando cumplan con las excepciones del decreto. Es de recordar que si necesita ir a mercar debe salir sólo, con los elementos de protección y tener claro en que supermercado va a comprar sus productos, si va a un procedimiento médico, debe mostrar las órdenes médicas y estar en los horarios que señala la cita, si va hacer transacciones financieras, solo es hasta la 1:00 de la tarde.
Así que, si no es con alguno de estos fines que necesita salir, mejo quédese en casa de lo contrario será sancionado por violar el decreto.
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